AUTGC
El Cabildo de Gran Canaria, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, el Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana y los demás Ayuntamientos de la isla, que se adhieran a la Autoridad Única ejerceran a través de esta sus compentencias sobre el transporte público regular de viajeros y sus instalaciones, infraestructuras y servcios de valor añadido, competencias que se detallan a continuación:
1.- La organización de los servicios, con especial atención a las medidas de integración.
2.- La planificación insular, la construcción, explotación y mantenimiento de las instalaciones de transporte publico regular de viajeros.
3.- La suscripción de Contratos de Prestación y Financiación con los Operadores.
4.- La definición de políticas tarifarias y las compensaciones consiguientes a las empresas.
5.- La cooperación mediante Convenio con los distintos Departamentos, Entidades y Empresas Públicas cuyas actividades, inlcluidas las inversiones, incidan en el transporte público terrestre realizado en la isla de Gran Canaria.
6.- La cooperación mediante Convenio con todo Organismo, Autonómico o Local, que desarrolle actividades que incidan sobre el transporte público terrestre, especialmente aquellas que se refieren al tráfico, circulación y a la ordenación del territorio.
7.- Las restantes funciones correspondientes a las Administraciones integrantes de la Autoridad Única del Transporte, relativas al transporte público regular de viajeros.